Connecticut Homeschooling Leyes

En Connecticut , el homeschooling es legal si el padre puede demostrar que el niño educado en casa está recibiendo "instrucción equivalente en los estudios que se imparten en las escuelas públicas", por Connecticut General Estatuto § 10-184 . Educadores en el hogar deben cumplir con las leyes de asistencia obligatoria y los días mínimos de instrucción y enseñar las materias requeridas . Además , la Junta Estatal de Educación ha puesto en marcha los procedimientos que ayudan a verificar que las leyes están siendo defendidos por los educadores en el hogar . Asistencia Obligatoria

En Connecticut, todos los niños de 5 a 18 años deben asistir a las clases, a menos que ya se han graduado de la escuela secundaria. Un padre puede comparecer personalmente en la oficina del distrito escolar y firmar un formulario de opción para su 5 - ó 6 años de edad para optar a la escuela. Un estudiante puede abandonar la escuela a los 16 años , pero el padre debe presentarse personalmente en la oficina del distrito escolar y firmar un formulario de retiro , de acuerdo con el Estatuto General § 10-184 . Además , se requiere que los estudiantes tengan 180 días de instrucción por año
materias requeridas

Connecticut requiere los siguientes temas que se enseñan : . Lectura , escritura, ortografía , Inglés gramática , geografía , aritmética, historia de los Estados Unidos, y de la ciudadanía , incluyendo un estudio de nivel local, estatal y federal . Aunque no se requiere, sugirieron temas adicionales son la salud y la ciencia.

Procedimientos

Connecticut Estatuto General § 10-220 , se mandadted que las juntas locales determinan que cada niño está cumpliendo con los términos del Estatuto General de Connecticut § 10-184 . Los detalles de los procedimientos que los consejos locales siguen para hacer esta determinación no son dictadas por la ley estatal. Sin embargo , el derecho de los consejos locales para implementar los procedimientos que prueban un homeschooler está cumpliendo con la ley es apoyada por la ley estatal.

La Junta Estatal de Educación, en 1990 , emitió una recomendación general para los procedimientos de las juntas estatales locales debe seguir con el fin de formular la determinación exigida por la ley. La mayoría de las juntas locales siguen esos procedimientos, mientras que unas pocas juntas locales pueden pedir materiales adicionales para demostrar que la ley estatal se está cumpliendo .

Los procedimientos requieren que los padres a presentar una "Notificación de Intención " y someterse a una cartera anual revisar. Si los padres no siguen estos procedimientos , el niño será declarado en violación de las leyes de absentismo escolar .
Aviso de Intención

Dentro de los 10 días de inicio de educar en casa , los padres deben presentar un aviso de intención con el superintendente de la escuela local. En ella , los padres deben declarar su intención de educar en casa a sus hijos , el nombre del maestro , las materias del currículo , los días de instrucción , y la forma en que el profesor evaluará el progreso del niño . Este aviso se mantendrá en vigor durante un año.

Alternativamente , si el niño es menor de 7 , el padre puede aparecer en la oficina del distrito escolar local y presentar una forma de optar por la escuela, y si el niño es 16 años o más , el padre puede aparecer en la oficina del distrito escolar local y presentar un formulario de retiro .
anual de Revisión de Cartera

en Connecticut, los homeschoolers deben asistir a una cartera anual revisar cada primavera. El punto de la revisión es verificar que el padre ha sido la escolarización del niño tal como se describe en el Aviso de Intención . El revisor no juzga la calidad de la educación, sólo que el niño está siendo educado . Materiales que se sugieren para llevar incluyen uno o dos ejemplos de la labor de cada uno de los temas enumerados en el Aviso de Intención . Las pruebas estandarizadas no es necesaria para los niños educados en el hogar .
Educación Especial

La ley no exige que , juntas regionales y locales del Estado de proporcionar algún tipo de educación especial o servicios relacionados con los estudiantes que están siendo educados en la escuela privada o en el hogar .